Resolución de 23 de abril de 2018, del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan las ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2018.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades, para la elaboración e implantación de planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como de acuerdo con los principios establecidos en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace preciso desarrollar el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a la pequeña y mediana empresa y otras entidades, para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2018.
¿Quién puede beneficiarse de las ayudas?
Empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones, de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
¿Cuál es la finalidad de las ayudas?
Elaboración e implantación de un plan de igualdad tendente a alcanzar en la entidad la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
¿Cuáles son las bases reguladoras?
Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, publicada en el BOE de 28 de junio de 2013.
¿De cuánto es el importa máximo de la ayuda?
La cuantía máxima de la subvención será 9.000 euros para cada entidad subvencionada
¿Cuál es el plazo para la presentación de la solicitud?
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
¿En qué lugar podré tarmitar la solicitud?
En la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (https://sede.msssi.gob.es/).
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